Gregoret pide la suspensión de los incrementos del inmobiliario rural para los contribuyentes alcanzados por la emergencia y/o desastre climático

El Diputado Provincial Héctor Gogui Gregoret presentó un proyecto de Ley estableciendo la suspensión de la aplicación de los incrementos dispuestos por la Ley 13750 del Impuesto Inmobiliario Rural respecto de los contribuyentes alcanzados por el artículo 1 º de la presente ley, se aplicará conjuntamente con los demás beneficios y/o diferimientos y/o planes de pago que sean dispuestos en su favor por otras normas que se dicten, y no serán incompatibles los beneficios entre sí.

El legislador argumentó que los contribuyentes del Impuesto Inmobiliario Rural de los inmuebles localizados en zonas alcanzadas por declaración de emergencia y/o desastre climático, o las que disponga el Poder Ejecutivo al efecto, tributarán para el Ejercicio 2018 el mismo importe que fuera liquidado para el Ejercicio Fiscal 2017.

Seguidamente el Proyecto de Ley establece la Suspensión de la aplicación de los artículos 1, 2, 3, 4, 5 de la Ley 13750 respecto de los contribuyentes del Impuesto Inmobiliario Rural exclusivamente por los inmuebles situados en las zonas declaradas bajo emergencia y/o desastre, y las que disponga el Poder Ejecutivo a efectos de la presente.

En la presentación de su proyecto el Diputado expresó: “El Poder Ejecutivo, en caso de no declarase para el período fiscal 2018 la emergencia y/o desastre, dispondrá las zonas afectadas y su duración a efectos de la implementación de la presente ley”.

El legislador argumentó su proyecto diciendo: “Pedimos suspender el incremento del inmobiliario Rural que habíamos sancionado, sería necesario suspender el incremento a todos los propietarios de campos que estén comprendidos por la sequía o inundación, se aplicará conjuntamente con los demás beneficios y/o diferimientos y/o planes de pago que sean dispuestos en su favor por otras normas que se dicten, y no serán incompatibles los beneficios entre sí”.