El Concejo pide a la AFIP que controle que los comercios acepten pago con tarjetas sin recargo

Comunicado de prensa de la concejal Sandra Antolín:

EN DEFENSA DE LOS DERECHOS DE CONSUMIDORES Y USUARIOS

El pasado jueves se aprobó en el Concejo Municipal de Reconquista una resolución que será enviada a la Administración Federal de Ingresos Públicos para solicitar que se realice la fiscalización del cumplimiento de la ley nacional N° 27.253 sobre tarjetas de débito.

La iniciativa fue impulsada por la concejala Sandra Antolín, quien puso de resalto las actitudes engañosas que tienen algunos comerciantes de la ciudad al ofrecer porcentajes de descuento que a la hora del pago solo se realizan para la modalidad contado efectivo y no cuando se utilizan las tarjetas de débito.

De esta manera, disfrazan el incumplimiento de la legislación vigente en cuanto los obliga a aceptar cualquier medio de pago electrónico y les prohíbe practicar recargos cuando se trata de pagos mediante tarjeta de débito.

Además, la concejala destacó que en este contexto de pandemia en el que se recomienda a la población utilizar estos medios electrónicos de pago, resulta aún más reprochable el aprovechamiento de los comerciantes.

Actualmente, este tipo de prácticas se puede denunciar mediante el escaneo del código QR del negocio en cuestión y un formulario disponible en la página web de la AFIP

https://serviciosweb.afip.gob.ar/clavefiscal/qr/denuncia.aspx

 

Aquí el texto del proyecto:

Proyecto de Resolución

Visto:

Los reclamos efectuados por vecinos de nuestra ciudad con respecto a la renuencia de los comercios locales a la hora de aceptar el pago con tarjeta de débito, y,

Considerando:

Que, conforme el Artículo 10°) de la Ley Nacional N° 27.253 “Los contribuyentes que realicen venta de cosas muebles en forma habitual, presten servicios, realicen obras o efectúen locaciones de cosas muebles, en todos los casos a sujetos que -respecto de esas operaciones- revisten el carácter de consumidores finales, deberán aceptar como medio de pago transferencias bancarias instrumentadas mediante tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios que el Poder Ejecutivo Nacional considere equivalentes y podrán computar como crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado el costo que les insuma adoptar el sistema de que se trate, por el monto que a tal efecto autorice la autoridad de aplicación. (Párrafo sustituido por art. 76 de la Ley N° 27.467 B.O. 4/12/2018)”,

Que, del texto normativo se desprende la obligatoriedad para los comerciantes de aceptar como medio de pago la tarjeta de débito,

Que, la exigencia del pago contado efectivo o el ofrecimiento de “descuentos” por el pago bajo esta modalidad son conductas abusivas e ilegales por parte de los comerciantes que vulneran los derechos de consumidores y usuarios a que el precio esté determinado de antemano y puedan elegir libremente el medio de pago que sea de su conveniencia,

Que, además, en este contexto de pandemia, donde se instruye a la población para que realice la mayor cantidad de actividades posibles de manera remota, debemos fomentar el uso de medios electrónicos de pago y cooperar para que no existan restricciones ni obstáculos para operar de esta manera;

Que, el organismo competente para fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales es la Administración Federal de Ingresos Públicos, que incluso cuenta con mecanismos para denunciar estas conductas; por ello:

El Honorable Concejo Municipal de la ciudad de Reconquista, sanciona la siguiente: 

Resolución:

1º) SOLICITASE a la delegación Reconquista de AFIP que realice las fiscalizaciones correspondientes a los fines de sancionar prácticas abusivas de los comerciantes en relación a la utilización de medios electrónicos de pago por parte de los consumidores y usuarios.-

2º).-Comuníquese al DEM, publíquese y archívese.