La Justicia rechazó reabrir la causa por enriquecimiento ilícito contra Cristina Kirchner

Lo hizo la jueza federal María Eugenia Capuchetti. En 2009, la expresidenta fue sobreseída por el entonces magistrado Norberto Oyarbide.

La jueza federal María Eugenia Capuchetti decidió no reabrir la causa por supuesto enriquecimiento ilícito contra la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, quien en 2009 había sido sobreseída por el entonces magistrado Norberto Oyarbide.

La decisión de la magistrada se produjo luego de que la Unidad de Información Financiera (UIF), única querellante en el caso, desistiera del recurso con el cual el mismo organismo había reclamado durante el gobierno de Mauricio Macri que se reabriera la causa.

EL CASO

Se trata del expediente que se inició en julio 2009 por una denuncia presentada por el abogado Enrique Piragini basada en artículos periodísticos que indicaban que la entonces presidenta había incrementado su patrimonio en un 158 por ciento el año anterior, de manera injustificada.

A mediados de diciembre de 2009 se presentó en el expediente el informe contable del que participaron los oficiales de la Corte Suprema, María del Carmen Penedo y Alfredo Antonio Peralta, junto con el contador Víctor Alejandro Manzanares propuesto oportunamente por la defensa quienes concluyeron que el incremento patrimonial operado durante 2008 estaba debidamente justificado.

A partir de ese informe, el juez Oyarbide dispuso en su momento el sobreseimiento de Cristina Fernández y de quien fuera su marido, el también expresidente Néstor Kirchner.

El año pasado la UIF y la Oficina Anticorrupción solicitaron que esa decisión fuera declarada “fraudulenta” luego de que el ex juez declarara en el marco del caso de los cuadernos que había sufrido presiones para resolver rápido en relación a aquel expediente.

Los dos organismos públicos citaron también en sus respectivas presentaciones las declaraciones el contador Manzanares, en calidad de arrepentido, en la causa de los cuadernos cuando sostuvo que había dialogado con el juez Oyarbide sobre cómo debía ser el informe que debía presentar.

Sin embargo, tras el cambio de gobierno, la actual gestión de la UIF consideró que “no existe elemento alguno que permita conmover las sólidas bases sobre las cuales se asienta la cosa juzgada, por lo que mucho menos puede serle predicable el calificativo de írrita o fraudulenta” y que “aún si suscribiéramos jurídicamente a la doctrina (…) queda desierta cualquier hipótesis favorable para su aplicación al caso”, según reconstruyó la jueza Capuchetti en su fallo.

 

FUENTE: TÉLAM