Qué dice el proyecto del Ejecutivo sobre declaraciones juradas de los funcionarios públicos

Se pretende renovar el sistema vigente. Plantea que las declaraciones juradas también deberán incluir los bienes del cónyuge del funcionario y de sus hijos. Cualquier persona que quiera acceder al contenido podrá hacerlo.

El Poder Ejecutivo provincial ingresó su propio proyecto para renovar el sistema vigente de presentación de declaraciones juradas de los funcionarios públicos. Lo hizo a través de la Cámara de Diputados, donde días atrás, el bloque de Juntos de por el Cambio y otros legisladores radicales más Amalia Granata, también presentaron una iniciativa similar.

El mensaje que lleva la firma de Omar Perotti exige que la declaración jurada sea presentada dentro de los treinta días hábiles de la asunción en sus cargos. La información deberá ser actualizada de manera anual, y renovada una vez más, treinta días antes de dejar el lugar que se ocupa.

 

El segundo artículo establece que deberán presentarla: gobernador y vice, senadores y diputados provinciales, ministros, procurador y demás magistrados del Poder Judicial. También, vocales del Tribunal de Cuentas, magistrados del Ministerio Público de la Acusación, defensor del Pueblo y adjuntos; ministros, secretarios, fiscal de Estado, secretarios ministeriales y subsecretarios, al síndico de la provincia, miembros de las sociedades del Estado, directores/as, subdirectores/as, administradores/as.

Asimismo, jefe/a y subjefe/a de policía, miembros de la plana mayor, director de Drogas Peligrosas, jefes de las unidades regionales; directores de los hospitales, y personal docente jerarquizado. Excluye a intendentes, concejales y jefes comunales.

Bienes de los familiares

El proyecto de ley del Gobierno plantea que las declaraciones juradas también deberán incluir los bienes del cónyuge del funcionario y de sus hijos. Se deberán incorporar bienes inmuebles y muebles, capital invertido en títulos o acciones, depósitos bancarios, créditos o deudas hipotecarias, ingresos y egresos derivados del trabajo en relación de dependencia o ejercicio de actividades, o derivados de retiros o jubilaciones. Las declaraciones quedarán depositadas en la Escribanía General de Gobierno y una copia estará a disposición de la Comisión Provincial de Ética Pública.

El funcionario que no presente su declaración jurada en tiempo y forma, será sancionado, previa intimación, con la suspensión del cobro de sus haberes. En caso de que al egresar de la función pública todavía no la haya presentado, estará impedido de ocupar otros cargos, hasta tanto no cumpla con ese postulado.

En el Boletín Oficial

El listado de declaraciones juradas, con indicación del nombre de los funcionarios respectivos, deberá ser publicado en el Boletín Oficial. En tanto, cualquier persona que quiera acceder al contenido de esas declaraciones podrá hacerlo, siempre que lo solicite formalmente. Ésta es una diferencia sustancial respecto del sistema que rige en la actualidad; hoy por hoy, los funcionarios entregan sus declaraciones en sobre cerrado al Escribano Mayor de Gobierno y esa información es prácticamente inaccesible.

 

Para obtener una copia del listado patrimonial de un funcionario, el interesado deberá presentar una solicitud por escrito en la que se indique nombre y apellido, documento, ocupación y domicilio. También deberá consignar el objeto que motiva la petición y el destino que se dará al informe.

Quien acceda a una declaración no podrá utilizarla con ningún propósito ilegal. Tampoco podrá usarla con fines comerciales. Todo uso ilegal de una declaración jurada será pasiva de sanción de multa; sin perjuicio de las responsabilidades de otra naturaleza que pudieran corresponder.