La regulación del teletrabajo tiene luz verde para ser aprobada en la Cámara de Diputados

Será debatida en la sesión virtual de este jueves. El oficialismo emitió un dictamen de mayoría del proyecto, que el Interbloque de Juntos por el Cambio firmó en disidencia. No se incorporó el incentivo fiscal para las pymes y hubo algunos cambios pedidos por la oposición.

La regulación del teletrabajo en la Argentina ya tiene luz verde para ser debatida este jueves, a las 16, en la sesión virtual de la Cámara de Diputados. Tal como se preveía, la Comisión de Legislación del Trabajo emitió un dictamen de mayoría con disidencias, que consensuó los principales puntos de 14 proyectos de ley sobre el tema, aunque no contempló diversas observaciones que efectuó el Interbloque de Juntos por el Cambio.

Una de ellas es la ausencia en la iniciativa de mecanismos de promoción, como incentivos fiscales, para que las pymes puedan aplicar el teletrabajo sin pagar mayores costos. Las otras están vinculadas a artículos que pueden desalentar a las empresas a instrumentar el trabajo remoto o que pueden dar lugar a planteos judiciales porque avanzan sobre las atribuciones legales de los empleadores.

Aun así, los diputados oficialistas de la Comisión de Legislación del Trabajo habían accedido a introducir algunas modificaciones sugeridas por la oposición en el proyecto. Una de las modificaciones es el agregado de que la ley entrará en vigor 90 días después de que finalice el aislamiento obligatorio, aunque los legisladores del interbloque de Juntos por el Cambio habían propuesto originariamente que ese plazo fuera de 180 días.

Otro de los cambios fue incluido en el polémico artículo 8 del proyecto, referido a la reversibilidad, es decir, la posibilidad de que un teletrabajador pueda volver a cumplir tareas de manera presencial. El texto original faculta solamente al trabajador a revocar su consentimiento para hacer teletrabajo, lo cual, según especialistas en Derecho Laboral, viola los artículos 64 y 64 de la Ley de Contrato de Trabajo, que le otorgan al empleador la facultad de organización y dirección de la empresa.

La versión original del texto sostenía que “el consentimiento prestado por la persona que trabaja en una posición presencial para pasar a la modalidad de teletrabajo, podrá ser revocado por la misma en cualquier momento de la relación” y que, “en tal caso, el empleador le deberá otorgar tareas en el establecimiento en el cual las hubiera prestado anteriormente, o en su defecto, en el más cercano al domicilio del dependiente, en el cual puedan ser prestadas”.

“Salvo que por motivos fundados se impida la satisfacción de tal deber”, fue el agregado al que accedieron los diputados del Frente de Todos para intentar el respaldo opositor, aunque en el interbloque de Juntos por el Cambio consideran de todas formas que la redacción es confusa y no impedirá los eventuales reclamos judiciales por la violación de la Ley de Contrato de Trabajo.

El encuentro por videoconferencia de la comisión fue piloteado por Vanesa Siley, del Frente de Todos, presidenta de ese grupo legislativo, quien le cedió la palabra al vicepresidente, Albor Cantard, de la UCR: tras destacar que se pudieron “encontrar puntos en común para una legislación moderna”, sostuvo que “con esta ley buscamos facilitar el trabajo en un momento especial” y reconoció que no se habían podido alcanzar “acuerdos totales” sobre el proyecto entre los diputados.

La primera en profundizar sobre las diferencias que tiene la oposición fue la diputada Mónica Frade, de la Coalición Cívica, quien dijo “no entender la urgencia para debatir una ley tan importante para los trabajadores y las empresas” y aseguró que “las pymes son las ausentes e ignoradas de este proyecto”. “Una buena ley es la que evita conflictos y no es fuente de ellos, y es la que da certezas a las partes de una relación de trabajo y que también promueve la actividad”, advirtió.

Planteó luego cuestiones que “no son admisibles” en el proyecto, como cuando en el artículo 5° se establece que “el empleador no podrá exigir a la persona que trabaja la realización de tareas, ni remitirle comunicaciones, por ningún medio, fuera de la jornada laboral”. Para la diputada, que es abogada laboralista, “debería haberse planteado que el trabajador no está obligado a leer y menos a contestar comunicaciones del empleador, pero no se le puede impedir al empleador que organice su propia tarea para el día siguiente con el trabajador”.

También objetó cómo está planteada la reversibilidad, es decir, la posibilidad de que un teletrabajador pueda volver a cumplir tareas de manera presencial: según Frade, el proyecto “desconoce el artículo 65 de la Ley de Contrato de Trabajo, que habla de la facultad de dirección del empleador, algo que no nos puede gustar desde el punto de vista ideológico, pero no se puede legislar contra esos marcos”.

A continuación habló Facundo Moyano, del Frente de Todos, sostuvo que “es auspicioso haber podido debatir y haber llegado a un consenso en este tipo de proyectos difíciles” y señaló que “el teletrabajo no significa precarización laboral”. Propuso luego algunos cambios en el proyecto porque, a su juicio, hay “redundancias” o agregados innecesarios para el sentido que se le quiere dar.

Llamaron la atención las intervenciones de dos diputados oficialistas: Flavia Morales, de Misiones, se quejó de que en el proyecto “no están incluidos los docentes” y el cordobés Eduardo Fernández, en sintonía con la oposición y los empresarios, consideró que la iniciativa “puede ser una traba para las pymes” y que la reversibilidad “está redactada como si fuera un derecho unilateral, pero tiene que ser de ambas partes”. “La ley tiene que ser para todos”, puntualizó.

La diputada de la UCR Dolores Martínez, por su parte, compartió los reparos de sus colegas del Interbloque y pidió analizar la incorporación de la administración pública al teletrabajo.

El dictamen de mayoría que fue aprobado incluye el derecho a la desconexión digital, con la prohibición de que el empleador se comunique con el trabajador fuera de la jornada laboral, además del derecho de pautar horarios compatibles para quienes tengan que cuidar a menores de 14 años, personas con discapacidad o adultos mayores dependientes, aunque permite que “las pautas específicas para el ejercicio se este derecho se establezcan mediante la negociación colectiva”.

También figura la voluntariedad, que contempla que “el traslado de quien trabaja en una posición presencial a la modalidad de teletrabajo, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditada, debe ser voluntario y prestado por escrito”. Otro aspecto criticado del artículo sobre la reversibilidad es cuando sostiene que para los que comienzan la relación laboral con teletrabajo “el eventual cambio a la modalidad presencial operará conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva”.

El proyecto fija la obligación por parte de las empresas de brindar el equipamiento (hardware y software), las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el trabajo a distancia, mientras que la compensación por los mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios que deba afrontar la persona que trabaja bajo la modalidad del teletrabajo “operará conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva” y quedará exenta del Impuesto a las Ganancias.

El proyecto contempla que la jornada laboral “debe ser pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo de conformidad con los límites legales y convencionales vigentes, tanto en lo que respecta a lo convenido por hora como por objetivos”, y establece que los teletrabajadores gozarán de “los mismos derechos y obligaciones” que las personas que trabajan bajo la modalidad presencial.

La iniciativa delega en el empleador la garantía de protección de la información laboral y le impide “hacer uso de software de vigilancia que viole la intimidad” y hay dos artículos que hablan de los derechos sindicales de quienes ejercen el teletrabajo, iguales a los de la modalidad presencial.

Otro punto controvertido del proyecto consensuado es el que establece que “los sistemas de control destinados a la protección de los bienes e informaciones de propiedad del empleador deberán contar con participación sindical a fin de salvaguardar la intimidad de la persona que trabaja bajo la modalidad de teletrabajo y la privacidad de su domicilio”.

En el proyecto también se establece que “la autoridad de aplicación dictará las normas relativas a higiene y seguridad en el trabajo con el objetivo de brindar una protección adecuada a quienes trabajen bajo la modalidad laboral del teletrabajo” y se advierte que “el control del cumplimiento de esta normativa deberá contar con participación sindical”.

Un artículo que impactará en los call centers es el referido a “las prestaciones transnacionales de teletrabajo”: allí “se aplicará al contrato de trabajo respectivo la ley del lugar de ejecución de las tareas o la ley del domicilio del empleador, según sea más favorable para la persona que trabaja”. Agrega que “en caso de contratación de personas extranjeras no residentes en el país, se requerirá la autorización previa de la autoridad de aplicación” y que “los convenios colectivos, acorde a la realidad de cada actividad, deberán establecer un tope máximo para estas contrataciones”.

Por último, se dispone que las empresas que desarrollen el teletrabajo deberán registrarse en el Ministerio de Trabajo, “acreditando el software o plataforma a utilizar y la nómina de las personas que desarrollan estas tareas, las que deberán informarse ante cada alta producida o de manera mensual”. Y prevé que “esa información deberá ser remitida a la organización sindical pertinente”.

Algunos contenidos del proyecto fueron cuestionados por diversas entidades empresariales como la Unión Industrial Argentina (UIA), la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Cámara de la Industria Argentina del Software (CESSI).

La semana pasada, en otro encuentro informativo con diputados de la comisión, el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, respaldó la sanción de una ley para regular el teletrabajo, al que calificó como un “fenómeno irreversible” y cuya “regulación es necesaria” para “no alterar derechos básicos del trabajador”. Señaló que es partidario de una norma que permita que “la habilitación y la letra chica” de esta modalidad laboral “sean discutidas en los convenios colectivos”.

En otra reunión con los legisladores, las tres centrales obreras respaldaron la sanción de una ley para regular el teletrabajo, aunque dos de ellas, la CGT y la CTA Autónoma, consideraron que deberá garantizarse que las características de esta modalidad laboral en cada actividad puedan ser discutidas por los sindicatos dentro de las convenciones colectivas.