Primera condena por «Grooming» en Reconquista

El Juez Gonzalo Basualdo declaró la condena para un entrenador de fútbol que intentó abusar de uno de sus jugadores de 11 años. Lo acosaba por Facebook. Fue un acuerdo judicial donde el imputado aceptó la culpabilidad.

El Juez Gonzalo Basualdo pasará a la historia por ser el primero en condenar a un acusado por la figura del Grooming en la provincia de Santa Fe. 

El entrenador de una escuelita de fútbol de Reconquista, César Escobar (34), fue condenado a dos años de prisión de cumplimiento condicional por acosar a uno de sus alumnos, de 11 años, mediante Facebook.

El ahora condenado acosaba al menor mediante Facebook y en una oportunidad el nene dejó su cuenta abierta y la vio su hermano. Este le contó a los padres sobre lo que estaba pasando y decidieron realizar la denuncia penal. 

El Juez utilizó el Artículo 131 del Código Penal (será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma).

Es la primera vez en la historia de la provincia que se aplica una sentencia de este tipo. Fue un acuerdo judicial propuesto por el Fiscal Alejandro Rodriguez y el defensor José Luis Estevez, con el consentimiento pleno del imputado.

Grooming

El grooming (en español «acicalando») es una serie de conductas y acciones deliberadamente emprendidas por un adulto con el objetivo de ganarse la amistad de un menor de edad, creando una conexión emocional con el mismo, con el fin de disminuir las inhibiciones del infante y poder abusar sexualmente de él. En algunos casos, se puede buscar la introducción del menor al mundo de la prostitución infantil o la producción de material pornográfico.

El daño al niño que ocurre en la pornografía infantil y en el grooming tiene una dimensión inherentemente moral. El acto tiene que ver con la vulnerabilidad en los niños, la cuestión del daño, la inocencia infantil y la vulnerabilidad de los derechos individuales.1

El grooming es un proceso que comúnmente puede durar semanas o incluso meses, variando el tiempo según la víctima y que suele pasar por las siguientes fases, de manera más o menos rápida según diversas circunstancias:

  1. El adulto procede a elaborar lazos emocionales (de amistad) con el menor. En algunos casos, a través de internet pueden simular ser otro niño o niña.
  2. El adulto va obteniendo datos personales y de contacto del menor.
  3. Utilizando tácticas como la seducción, la provocación, el envío de imágenes de contenido pornográfico, consigue finalmente que el menor se desnude o realice actos de naturaleza sexual.
  4. Entonces se inicia el acoso, chantajeando a la víctima para obtener cada vez más material pornográfico o tener un encuentro físico con el menor para abusar sexualmente de él.