Aclaración del gobierno sobre los escalafones nuevos y «la cajita feliz»

Ante la requisitoria, www.reconquista.com.ar logró, luego de varios intentos, que el gobierno provincial envíe una aclaración sobre los nuevos escalafonamientos docentes y la «cajita feliz». Lamentablemente nadie accedió a responder preguntas y solo se limitaron a enviar un comunicado.

Comunicado del gobierno

A partir del dictado del Decreto N° 2552/2018 que modificó el Sistema de Ponderación de Antecedentes Profesionales Docentes previsto en el Anexo I del Decreto 3029/12 y modif. rige a los efectos del escalafonamiento docente nuevas pautas de valoración de sus antecedentes.

En tal sentido, debe resaltarse que cada acto de escalafonamiento es único y separado de los anteriores, por lo que al momento de confeccionar el escalafón se deben valorar los antecedentes de conformidad a la normativa que rige en ese momento.

En consecuencia, todos los aspirantes serán puntuados de conformidad con las previsiones del Decreto 3029/2015 con las modificaciones introducidas por el Decreto 2552/2018, independientemente de la fecha en la que hayan realizado los cursos o que hayan presentado los certificados de los mismos a la respectiva Junta de Calificación.

Por evidentes criterios de justicia y equidad, no podría darse la situación de que a un mismo antecedente se le otorgue distinto puntaje, por la fecha de su realización o presentación, pues la modificación reglamentaria apunta a un cambio de criterio de puntuación por criterios de oportunidad, mérito y conveniencia, que comprende al conjunto de los docentes en general.

Por otro lado, según Fiscalía de Estado, no existe un derecho subjetivo al “mantenimiento de una reglamentación determinada” y, en consecuencia, todos los docentes encuadran sus antecedentes a lo que establezca la reglamentación vigente al momento de confeccionar el escalafón.

Esta solución es, por otra parte, la que se ha adoptado cada vez que se ha implementado un cambio –total o parcial- en la normativa relacionada con el escalafonamiento docente (como ejemplo: artículo 4° del propio Decreto N° 3029/12).

Finalmente, cabe resaltar que no existe aplicación retroactiva de la norma, en tanto simplemente se está aplicando la normativa vigente al momento de confeccionar los pertinentes escalafones.