Por primera vez en la gestión de Enrique Vallejos un funcionario de su equipo será interpelado y tendrá la obligación de responder a todas las preguntas de oficialistas y opositores en el marco de la declaración de la «emergencia económica».
Las preguntas que ya le giraron los concejales Emilio Adobato y Eduardo Paoletti, del Frente Progresista Cívico y Social, serán 18.
En materia de fondos
- Solicitar ejecución presupuestaria al 30/06/2019 tal cual lo estipula la ordenanza N° 6136/09 y requerido a través de las minutas N° 11.016, 11.050 y 11.084 del bloque FPCyS, y 11.115 del bloque Cambiemos.
- Situación actual de los fondos específicos a recibir del FFE (Fondo de Financiamiento Educativo) y FOCOM, que montos adeuda la provincia y el por qué de su no remisión en tiempo y forma hacia la Municipalidad de Reconquista.
- Actualización de datos de recaudación TGI en página web.
- Fondos con destinos específicos pendientes de inversión al 31/07/19.
- Stock de cuentas por cobrar en materia de TGI al 31/07/19 (corriente y de años anteriores).
- Stock de plazos fijos al 31/07/19.
En materia de Personal
- Listado de personal que cobra del municipio con sus datos identificatorios respectivos, indicando: salario bruto, neto, categoría de revista, afectación laboral, etc. de los siguientes tipos o modalidad de prestación de servicios:
- Planta Permanente
- Personal Precarizado o temporario
- Contratos de Locación de Servicios
- Pagos bajo la modalidad de Monotributistas, Factureros.
- Cooperativas de trabajos (indicar además cantidad de cooperativas prestadoras de servicios desde el 01/01/2016).
2. Deudas existentes por horas extras al 31/07/2019
3. Deudas Caja de Jubilaciones del personal municipal (cuál es el origen y la composición de la provisión contemplada en la ejecución presupuestaria de $31.325.232,85) que motivó en su momento la sanción de emergencia económica.
4. Deudas existentes con Seguros del personal y ART al 31/07/2019
En materia de proveedores
- Stock de deuda con proveedores al 31/07/19.
- Stock de deuda con proveedores de obras públicas y certificados pendientes de pagos.
Otras consultas
- ¿Por qué declaran emergencia mediante decreto? Es necesario para que tenga practicidad Ordenanza (Art. N° 55 Ley N° 2756)
- ¿Han sido realizadas auditorías contables conforme Ord. 6142/09?
- Presente Resolución 17/18
- Gasto detallado en publicidad
- ¿Hay o no emergencia?
- Alcance de la emergencia
- Medidas tomadas y alcance de las mismas
- ¿Se ha realizado informe de Contaduría General de la Provincia y Dirección de Asesoramiento Tributario y Financiero conforme requiere la Ley Provincial N° 10.047 y el Decreto N° 2062/87 y 4096/87 para considerar un Municipio en Emergencia Financiera?