Nueva ordenanza: Quienes incumplan con el uso del tapabocas deberán realizar trabajos comunitarios

El Concejo Municipal de Reconquista aprobó una ordenanza mediante la cual permite a la Municipalidad, sancionar a quienes no cumplan con el uso correcto del tapabocas o barbijo. Primera falta: trabajos comunitarios; y en caso de reincidencia, multa económica de hasta 500 unidades de falta (UF: 1 litro de nafta súper precio del ACA).

Dicha ordenanza se encuentra enmarcada en el DNU 297/20 de Aislamiento social, preventivo y obligatorio.

El aislamiento social, preventivo y obligatorio es una medida excepcional que el Gobierno nacional adopta en un contexto crítico.

Con el fin de proteger la salud pública frente a la propagación del nuevo coronavirus, se dispuso que todas las personas que habitan, o se encuentren temporalmente, en las jurisdicciones donde rige esta normativa deberán permanecer en sus domicilios habituales, solo pudiendo realizar desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos.

Considerando que la situación epidemiológica no es homogénea dentro del territorio nacional, la administración del aislamiento adoptará una modalidad que contemple la realidad de las diversas jurisdicciones del país.

Las autoridades provinciales y locales podrán solicitar excepciones al aislamiento al personal afectado a determinadas actividades y servicios, o a las personas que habiten en áreas geográficas específicas y delimitadas a partir del cumplimiento de una serie de requisitos así como de la estricta aplicación de los protocolos sanitarios correspondientes.

Las excepciones otorgadas podrán dejarse sin efecto de forma total o parcial de acuerdo a las disposiciones de las autoridades sanitarias.

Remarcamos: El proyecto original del Departamento Ejecutivo establecía sanciones monetarias de hasta 1.000 unidades de falta, pero el Concejo lo estableció en 500 UF.