El municipio analiza si corresponde reclamar la deuda a Vicentín SAIC

La Municipalidad de Reconquista ingresó al Concurso de Acreedores con el objetivo de cobrar una deuda de cuatro millones de pesos por la obra del Edificio Vilaseca, que finalmente no se construyó.

Las autoridades municipales entendieron que quien debe pagar es Vicentín SAIC pero el Juez Fabián Lorenzini declaró como “inadmisible” el reclamo porque los que firmaron el convenio son Mauro Sebastián Ponce Gay y Sergio Roberto Vicentín y no la empresa concursada.

Paoletti se enteró de la decisión del Juez con la noticia publicada por ReconquistaSF y pidió explicaciones al Juez Fabián Lorenzini y a los miembros del Departamento Legales del municipio.

 

En la resolución firmada el 13 de enero de 2021, el juez civil y comercial de Reconquista, Dr. Fabián Lorenzini, dio a conocer su veredicto sobre las pretenciones de los acreedores en el marco del Concurso Preventivo de la firma Vicentín saic, que él controla.

En el rubro de los «acreedores fiscales», el juez no admitió los créditos insinuados por la Municipalidad de Reconquista, entre otros, en mérito y en los términos explicitados en la resolución.

La pretensión de la Municipalidad de Reconquista es por una deuda de $4.000.000.- a valor del año 2019. Lo que fue rechazado por el juez del concurso de Vicentin.

Ni Sergio Vicentín ni Mauro Ponce pagaron a la Municipalidad de Reconquista el derecho de participación en la renta diferencial urbana que acordó para que le autoricen mediante vía de excepción a construir con mayor altura de la permitida por el Código de Planeamiento Urbano.

Al efecto, según ordenanza N° 8381 sancionada por el mismo Concejo Municipal el 1 de agosto de 2019, se autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar el acta-acuerdo por esa deuda con los señores Sergio Vicentín y Mauro Ponce, en representación del «Grupo Vicentín», según reza la ordenanza. El 7 de agosto de 2019 el intendente Amadeo Enrique Vallejos la promulgó con su firma, más la de los secretarios Guillermo Romero Mansur y Gabriel Gasparutti.

El pago debió ser realizado dentro de los 90 días posteriores mediante transferencia bancaria a favor de la Municipalidad de Reconquista; y ese dinero debía ser afectado al FOPIN, que es el fondo municipal creado por ordenanza para avanzar con pavimento en la ciudad.