Chiroco Velazquez fue condenado

El Juez Basualdo lo consideró «culpable» del delito de supresión de identidad y lo condenó a 3 años de prisión condicional.

El Juicio Oral y Público comenzó la semana pasada y terminó con la condena a Deolindo Velázquez, de 72 años a la pena de 3 años de prisión condicional.

«Chiroco» finalmente habló desde el banquillo de los acusados y culpó al concejal Gabriel Gasparutti como autor intelectual del delito.

Un hombre de 72 años identificado como Deolindo Rodolfo Velázquez, alias «Chiroco», fue condenado hoy a tres años de prisión de cumplimiento condicional. La resolución surgió en el marco de un juicio oral y público que se llevó a cabo en los tribunales de Reconquista por los delitos de supresión de identidad de un menor (hoy tiene 18 años) y falsedad ideológica de instrumento público.

El fiscal que investigó el caso fue Rubén Martínez quien se mostró conforme con la decisión del juez Gonzalo Basualdo. En tal sentido sostuvo que «era la pena que habíamos solicitado». Además, el funcionario del MPA valoró el funcionamiento del sistema e hizo hincapié en que «el juicio comenzó el martes pasado y a una semana ya tenemos la sentencia; declararon sin inconvenientes 15 testigos; y hasta se hizo un estudio de ADN al condenado que permitió demostrar que no era el padre de la persona que inscribió a su nombre».

La defensa estuvo a cargo de la abogada del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal (SPPDP), Norma Senn. Por su parte, la mujer que realizó la denuncia penal (madre del joven que fue víctima de supresión de identidad) y el propio joven se constituyeron como querellantes y su abogado fue Andrés Ghío.

Martínez también destacó que «antes de la sentencia, el imputado habló y aceptó haber cobrado 2 mil pesos de una persona para que aceptara la paternidad de GGO. Más aún, dijo que todavía le debían mil pesos porque «se había acordado que cobraría un total de 3 mil pesos».
Los hechos
El fiscal Martínez recordó que «en agosto de 2007, Velázquez se presentó en el Registro Civil de Reconquista y reconoció como hijo a GGO. Sin embargo, tenía pleno conocimiento que no era el padre biológico del menor». En tal sentido, el fiscal sostuvo que «el acto del imputado fue doloso y causó perjuicios al –en aquel entonces– menor de edad y a su madre, porque tornó incierto el estado civil y el derecho del menor a obtener el reconocimiento de su verdadera filiación paterno filial. Además –añadió Martínez–, para lograr su objetivo, Velázquez hizo insertar e introdujo datos falsos en un instrumento público destinado a probar la identidad de las personas».
70 juicios
El juicio que finalizó hoy en los tribunales de Reconquista fue el séptimo en el ámbito de la Fiscalía Regional 4 desde que rige el nuevo sistema procesal penal y el septuagésimo en toda la provincia desde el 10 de febrero de 2014.