Diputados le puso fecha a la discusión por la ley de paridad

El proyecto tiene preferencia para dos sesiones. Alcanza a todos los órganos colegiados electivos y partidos políticos.

En la sesión del jueves pasado la Cámara de Diputados acordó debatir la ley de paridad dentro de dos sesiones. «Lo que solicitamos es que la Legislatura avance rápidamente hacia la participación igualitaria de mujeres y varones. Creemos que este paso es necesario para garantizar el cumplimiento de compromisos internacionales que tiene nuestro país, en avanzar hacia sociedades más inclusivas y eliminar las desigualdades de género», expresó Silvia Augsburger (Igualdad y Participación-FPCyS), autora del proyecto junto al diputado Rubén Giustiniani.

El proyecto establece por ley el principio de participación igualitaria en la composición de las listas y cargos públicos electivos. «Recientemente la provincia de Buenos Aires sancionó una ley en este sentido respecto a la composición de listas para las elecciones, a nivel nacional también se está realizando una fuerte campaña para tener una normativa de este tipo. Santa Fe no puede quedar fuera de este debate que al fin y al cabo es una deuda de la democracia con las mujeres: que tengamos las mismas posibilidades de participación y acceso a cargos en la función pública», expresó Augsburger.

Actualmente en la Legislatura hay varias iniciativas que proponen el principio de paridad en diferentes ámbitos. El proyecto que obtuvo dictamen de la comisión de Derechos y Garantías, establece el tratamiento conjunto de estos proyectos por tratarse de materia afín, estableciendo un texto unificado. Es sobre este dictamen que el Bloque Igualdad y Participación solicitó que se dé preferencia para el tratamiento en dos sesiones, el cual fue aprobado por el resto de los legisladores y legisladoras.

«Todo indica que en breve, la Cámara de Diputados va a estar dando sanción a la ley de paridad. Es un gran paso ya que las mujeres siempre somos minoridad en todos los espacios y sobre todo en los espacios de decisión, y pasados más de veinte años de la ley de cupo, avanzar hacia la paridad es urgente para dar el salto y corrernos del techo en que el 30% se ha convertido para las mujeres. Por ejemplo, nuestra Legislatura, tiene un 28% de mujeres, contra un 72% de varones. Esto debe cambiar y avanzar hacia la participación igualitaria es el camino», finalizó Augsburger.

Por su parte, la diputada Alicia Gutiérrez resaltó en diálogo con Diario UNO que hace tiempo las legisladoras vienen trabajando por la paridad. «Queremos que este proyecto sea ley. Para nosotras es muy importante el tema de la igualdad y que tenga media sanción en Diputados y luego en Senadores», aseguró.

«La ley de paridad sería para ambas cámaras, para todos los cuerpos colegiados como los concejos municipales y las comisiones comunales y para los partidos políticos», explicó la legisladora. En el caso de los cargos únicos, como el de los senadores (uno por departamento), donde mujeres y hombres se deberán repartir entre titular y suplente.

Las características
El texto que obtuvo dictamen en comisión establece como objetivo el principio de participación igualitaria entre varones y mujeres, entendiendo por participación igualitaria aquella que se integra, en órganos colegiados electivos, con un cincuenta por ciento de cada sexo. Además, determina como ámbito de aplicación las listas de candidatos y la composición de la Legislatura provincial, los concejos municipales, las comisiones comunales, los partidos políticos y las convenciones constituyentes.

Respecto a las listas de cargos públicos electivos, la iniciativa establece que estas deberán confeccionarse ubicando alternativamente a personas de diferente sexo, no pudiendo haber dos candidatos/as consecutivos/as del mismo sexo. Además, plantea que de suscitarse la vacancia de una mujer en las listas de candidatas, esta solo podrá ser cubierta por otra candidata mujer. Lo mismo para los casos en que la vacancia se produzca con la persona ya en el cargo o a punto de asumirlo.

También modifica algunos articulados de la ley 12.367, respecto a presentación y oficialización de listas de candidatos y candidatas ante autoridades partidarias y el Tribunal Electoral Provincial, respecto a vacancia en cuerpos colegiados y respecto a organización y funcionamiento de las cartas orgánicas de los partidos políticos.