¿Fin a la puerta giratoria?

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto que reforma la Ley de Ejecución de la Pena y que establece que los autores de delitos graves no podrán contar con el beneficio de las salidas anticipadas, transitorias o libertad condicional. Algunos legisladores y organismos pusieron reparos sobre el texto y alertaron acerca de posibles planteos de inconstitucionalidad.

Por 170 votos a favor, contra 8 negativos y 7 abstenciones, la Cámara de Diputados dio sanción definitiva al proyecto que reforma la Ley de Ejecución de la Pena (24.660) y, en consecuencia, establece que los autores de delitos graves no podrán contar con el beneficio de las salidas anticipadas, transitorias o libertad condicional.

En abril último, el Senado modificó y aprobó el texto remitido por la Cámara Baja. La Comisión de Justicia y Asuntos Penales le introdujo cambios al documento original, con el objetivo de reducir la cantidad de delitos cuyos autores estarán impedidos de quedar en libertad. También se limitaron las facultades que se le otorgaban al Servicio Penitenciario, para que sea el juez de ejecución penal –con intervención de las víctimas- el que decida sobre la concesión de las salidas anticipadas.

La iniciativa tomó impulso tras la muerte de Micaela García, la joven entrerriana que fue asesinada en abril de este año luego de ser secuestrada por Sebastián Wagner, un hombre que cumplía una condena por un caso de violación y recibió el beneficio de la libertad condicional por parte del juez de Ejecución de Penas de Gualeguaychú, Carlos Rossi.

“Todos aquellos casos de delitos violentos, como homicidios agravados, violaciones, robos con arma, los condenados deberán cumplir la totalidad de la condena dentro de las cárceles. La ley establece la prohibición de las salidas transitoria que actualmente se otorgan a la mitad de la condena y la libertad condicional a la cual actualmente pueden acceder los condenados cumplidos dos tercios de la pena”, dijo el diputado nacional Luis Petri, presidente de la Comisión de Seguridad de la Cámara baja, luego de votarse la normativa.

De este modo, Petri afirmó que, previo a la sanción de esta ley, los condenados “accedían a salidas transitorias o a un régimen de libertad condicional, que en muchos casos utilizaban para profugarse o para continuar cometiendo delitos”, y que “era totalmente discrecional o arbitrario el otorgamiento de estos beneficios”.

No obstante, algunos legisladores y organismos pusieron reparos y alertaron sobre posibles planteos de inconstitucionalidad. Así, la Procuración Penitenciaria de la Nación alertó sobre la ineficacia del proyecto y los graves problemas que su aplicación traería aparejada desde el punto de vista jurídico, práctico y de gestión.

“El agravamiento de las condiciones de cumplimiento de las penas no conlleva una mejora en la seguridad pública. El endurecimiento de la legislación penal y el incremento de la población reclusa no conducen a mayor seguridad”, sostuvo el organismo encargado de promover y proteger los derechos de las personas privadas de su libertad.

En tanto, la diputada del FpV Diana Conti rechazó que el proyecto sea “la medida apropiada para luchar contra la inseguridad ni para favorecer a las víctimas de los delitos”, y añadió: “No protegemos a ningún delincuente pero estamos aferrados a la defensa de los derechos humanos”. En relación con esto, Victoria Donda, diputada de Libres del Sur, opinó que “no va a mejorar ni la seguridad del pueblo, ni cambiar la inseguridad”.

 

Diario Judicial