El Gobierno Nacional bajó el peso mínimo de faena de hembras

Luego de la polémica que se había generado en los últimos meses en torno del peso mínimo de faena, con planteos que pedían desde la eliminación, como lo hizo Carbap, hasta que se contemple una rebaja para las hembras, como sugerían algunos expertos (en medio de la disputa los feedlots por su parte dieron a conocer una encuesta donde un 72% se manifestaba en favor de la regulación), la Secretaría de Gobierno de Agroindustria resolvió mantener el peso mínimo de faena para los machos pero reducirlo para las hembras.

Con la resolución 74/2019, publicada hoy en el Boletín Oficial, el secretario de Gobierno de Agroindustria Luis Miguel Etchevehere dejó en firme que no se podrán faenar machos cuyo peso res con hueso logrado sea inferior a 165 kg (se mantienen los 300 kilos vivo).

Sin embargo, como novedad, para las hembras no se podrá faenar animales cuyo peso res con hueso logrado sea inferior a 140 kg (unos 250 kg vivo).

Según el Gobierno, el cambio no afectará la producción general de carne, pero favorecerá la colocación de las hembras.

Hace diez días Etchevehere había admitido la posibilidad de cambios en el peso mínimo de faena de las hembras, reconociendo que se engrasa antes de llegar a los 300 kilos y los últimos kilos eran infecientes.

La resolución precisa que «se exceptúan de esta normativa a los animales bovinos machos y hembras a los que por razones sanitarias o nutricionales les resulte imposible alcanzar el peso establecido precedentemente, siempre y cuando su destino comercial sea conserva y/o manufactura y/o chacinados, lo que deberá surgir de la documentación de traslado, faena y comercialización correspondiente».

En tanto, indica que no se considerará infracción si hasta un 10% de las reses que componen la tropa se encuentra por debajo de los pesos mínimos establecidos.

En los considerandos para justificar el cambio para las hembras la cartera de Agroindustria detalla:

Que la conversión de alimentos a carne es menos eficiente en las hembras que en los machos.
Que esta característica hace imprescindible en el engorde de hembras cumplir con ciertas prácticas productivas y de alimentación sin las cuales se producen inadecuadas relaciones músculo/grasa tanto en la grasa de cobertura como intersticial.
Que estas prácticas introducen un costo adicional en la producción de hembras en relación a la de los machos.
Que en muchas zonas del país las características de los sistemas productivos hacen inviable la terminación de las hembras en las mismas condiciones y tiempos que los machos para alcanzar el mismo peso.
Que resulta pertinente tener en cuenta esta particularidad para que la producción de hembras encuentre oportunidades de abastecimiento de los mercados en condiciones económicas razonables que no afecten el libre juego de los mismos.
Que fijar para las hembras un límite de peso de faena inferior al de los machos no afecta la producción global de carnes ya que genera una mejora en la rentabilidad por mejor aprovechamiento de la eficiencia de conversión y una disminución de la necesidad de traslados de hacienda en diversas zonas ganaderas.